• Diciembre
    PONER GASOLINERAS EN TIERRA DE ALTO VALOR AGRICOLA NO ES PROGRESO
    La Alcaldesa acaba de firmar un Convenio para promocionar una gasolinera en suelo actualmente no urbanizable y de alto valor agrícola ,en terrenos cercanos al agroturismo Matsa. ¿Ese es el desarrollo que quiere este gobierno municipal para Lezama?.
    El Convenio contiene apartados incorrectos ya que cita explicitamente que el suelo " está clasificado como suelo urbanizable..." cuando en la actualidad es suelo no urbanizable. Además el Ayuntamiento asume de forma precipitada y a nuestro modo de ver irresponsable, compromisos temporales para la aprobación de Plan de Sectorización que lecomprometen legal y económicamente . Nos parece una temeridad, máxime teniendo en cuenta como ha gestionado en otras ocasiones , Txupetxa....Kurutze..., contratos de este tipo , en los que ese tipo de gestión ha supuesto importants pérdidas para las arcas municipales. Tal y como recoge el Boletin Oficial de Bizkaia, hasta el 30 de diciembre está en exposición pública la tramitación del Convenio , durante ese periodo se pueden presentar alegaciones. Lezama Bizirik va a ejercer ese derecho y presentará su alegación , tanto por estimar que una gasolinera ( que ocupará 36.000 m2) no es el desarrollo que queremos pata tierras de alto valor agrícola, como por considerar que el contenido del Convenio tiene apartados incorrectos y además compromete innecesariamente los intereses económicos del Ayuntamiento.

    Ésta es la alegación presentada el 27 de diciembre:

    LEZAMA BIZIRIK AUZO ELKARTEA , Asociación vecinal con domicilio en Lezama , inscrita en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco con el nº AS/B/12678/2006 y CIF G95454914, ha tenido conocimiento de que el Ayuntamiento de Lezama , representado por su alcaldesa Dña Alaitz Etxeandia , y la empresa Alquiler Estaciones del Norte SL han firmado un documento que han denominado “ Convenio Urbanístico” el 20 de septiembre de 2013.
    Asimismo y según recoge el BOB nº232 de 4 de diciembre de 2013 , la alcaldía ha dictado una resolución el 21 de noviembre de 2013, por la que procede a “iniciar el trámite” para la aprobación de un convenio urbanístico, cuyo contenido viene a ser el del documento citado en el párrafo anterior . Respecto a este inicio de trámite el Ayuntamiento ha abierto un periodo de exposición pública en el que se pueden presentar alegaciones y en el que la Asociación Lezama Bizirik está interesada.
    En esa medida presenta al citado trámite, en plazo, las siguientes
    CONSIDERACIONES
    1-Entendemos que el documento firmado el 20 de septiembre por la alcaldesa en nombre del Ayuntamiento y la empresa Alquiler Estaciones del Norte S.L., es nulo de pleno derecho pues cita expresamente en el punto II. de su exposición: “Que dado que como se ha señalado el citado ámbito se encuentra clasificado como suelo urbanizable no sectorizado…”. Sin embargo en la actualidad ese ámbito se encuentra calificado como no urbanizable y el Ayuntamiento carece de competencias para modificar esa calificación.
    En este sentido se debe tener en cuenta el punto cuatro de la disposición adicional séptima de la Ley 2/2006 de 30 de Junio : “4.- Serán nulas de pleno derecho las estipulaciones de los convenios urbanísticos que contravengan, infrinjan o defrauden objetivamente en cualquier forma normas imperativas legales o reglamentarias, incluidas las del planeamiento territorial o urbanístico”.
    2-En base al punto 1 consideramos que la firma del citado documento no compromete urbanísticamente al Ayuntamiento. Sin embargo si puede haber compromisos económicos derivados de reclamaciones de la otra parte por incumplimientos. En caso de ser así entendemos que la responsabilidad económica debería trasladarse a la persona firmante y no a la institución.
    Precisamente , tal y como se cita en el punto I., se está elaborando el nuevo Plan General de Ordenación Urbana, cuya aprobación definitiva no corresponde al Ayuntamiento, siendo el ámbito correspondiente a este desarrollo uno de los más polémicos. Decenas de vecinos, vecinas, asociaciones etc., consideran , y así lo expresaron en las alegaciones presentadas en el trámite del PGOU, que este ámbito debe quedar al margen del desarrollo urbanístico por sus valores naturalísticos reconocidos en el Plan Territorial Sectorial Agroforestal en fase de aprobación provisional.
    3-El municipio de Lezama está considerado por el Plan Territorial Parcial del Bilbao Metropolitano como un “municipio de desarrollo agrario preferente”. Teniendo en cuenta tal calificación así como el valor agrario y la extensión del ámbito (36.000m2), nos parece totalmente contraproducente y además irreversible el querer instalar una gasolinera. Esta asociación seguirá solicitando para esa zona propuestas que supongan un apoyo al sector primario en Lezama, una de ellas puede ser la de dedicarlo a “agro aldeas”, finalidad ya propuesta por el Departamento de Agricultura del Gobierno Vasco en los trámites pasados del PGOU.

    En base a las consideraciones anteriores se presenta la siguiente

    ALEGACIÓN.
    VALORAR NEGATIVAMENTE EL INICIO DEL TRAMITE DEL CONVENIO URBANÍSTICO DE LEZAMA CITADO EN EL BOB DE 4 DICIEMBRE DE 2013. EN CONSECUENCIA SE SOLICITA SUSPENDER DICHO TRÁMITE , ASÍ COMO INVALIDAR EL DOCUMENTO FIRMADO EL 20 SE SEPTIEMBRE ENTRE LA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE LEZAMA Y LA EMPRESA ALQUILER ESTACIONES DEL NORTE S.L.

    En Lezama , a 26 de diciembre de 2013. LEZAMA BIZIRIK AUZO ELKARTEA

    Lezama Bizirk